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Hoy, miércoles 25 de mayo, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la ley que autoriza la disposición del 100 % de la compensación por tiempo de servicios (CTS) “a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia”.
“La presente ley tiene por objeto autorizar a los trabajadores disponer de la compensación por tiempo de servicios a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia del COVID-19″, detalla la norma en su artículo 1.
Además, la norma precisa que se autoriza por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2023, a los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, a disponer libremente del 100% de los depósitos por CTS efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición.
El Poder Ejecutivo dicta las disposiciones reglamentarias necesarias en el plazo máximo de 10 días calendario desde la entrada en vigencia de la presente ley, añade la norma, en su disposición complementaria final única.
Cabe mencionar, que ahora que ya se promulgo la ley, se deberá esperar un plazo de 15 días para establecer los estatutos que seguirá el retiro de la CTS del 100%, de tal forma que sea de manera ordenada para evitar aglomeraciones.
Al respecto, Jorge Carrillo Acosta, profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School, estimó que, de acuerdo al propio texto de la ley promulgada, a inicios de junio los trabajadores formales podrían empezar a retirar su dinero de la CTS, específicamente el 6 de junio.
LEY Nº 31480 by Melissa Cosmópolis on Scribd
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